El Gobierno aprobó en el último Consejo de Ministros un paquete de medidas por valor de 4.220 millones de euros para tratar de ayudar a los bares y restaurantes, que son los negocios que más han sufrido con las restricciones derivadas de la pandemia de coronavirus. Entre las medidas que contempla el denominado Plan de Refuerzo a la hostelería, el turismo y el comercio se encuentran las referidas a la rebaja de los arrendamientos, a la mejora de la financiación y a la rebaja de las cotizaciones a la Seguridad Social. Todas ellas tienen como objetivo rebajar los costes fijos y adecuarlos a la nueva realidad que afrontan cientos de miles de negocios del sector Horeca (hoteles, restaurantes y cafeterías).
¿Cómo se van a repartir esas ayudas?
¿Quiénes podrán beneficiarse de una rebaja del alquiler?
Tanto aquellas pymes y autónomos que tengan arrendado su local a un gran tenedor (los que tienen más de 10 inmuebles urbanos, sin contar trasteros y garajes) como a un pequeño propietario. En el primer caso, si las partes no hubieran alcanzado un acuerdo referido a la rebaja o condonación de la cuota por causa de la pandemia, los arrendatarios podrán solicitar una reducción del 50% de su alquiler durante el tiempo que dure el estado de alarma, o una moratoria que abarcaría también este periodo y hasta un plazo máximo de cuatro meses adicionales. El pago aplazado de las rentas se podrá realizar durante un periodo de dos años a contar desde la finalización de la moratoria. Según las estimaciones del Ejecutivo esta medida tendrá impacto en 190.000 locales.
Para aquellos hosteleros que alquilen locales a pequeños propietarios también hay ayudas concretas: podrán beneficiarse de un incentivo fiscal consistente en computar como gasto deducible la rebaja del alquiler que acuerden con sus clientes entre enero, febrero y marzo de 2021, incluso si esta alcanza el 100%.
¿Hay algún cambio con los créditos ICO?
Sí. Se ha determinado el aplazamiento en la devolución de la cantidad e intereses de los préstamos avalados por el Estado. Para el sector de bienes de consumo y comercio al por menor (que conforman unas 133.200 empresas) se ha determinado una extensión de la carencia máxima de uno a dos años, y una ampliación del plazo de amortización en tres años más (hasta un máximo de 8). Una mejora de la que también se beneficiará el sector de turismo, ocio y cultura (123.000 empresas). Además, se ha abierto un nuevo tramo de avales ICO de 500 millones de euros al 90% de garantía del Estado.
A todas estas variaciones hay que añadir que las agencias de viaje, los operadores turísticos y servicios de reservas podrán utilizar la financiación avalada por el ICO para la devolución de los anticipos de clientes por viajes combinados y derechos de resarcimiento.
¿En qué tipo de impuestos puede aplazarse el pago?
Según el Gobierno, 617.000 contribuyentes podrán aplazar durante seis meses y con tres de carencia de intereses, previa solicitud, deudas tributarias correspondientes a declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice entre el día 1 de abril y el 30 de abril de 2021, y que alcancen hasta un máximo de 30.000 euros.
También se llevará a cabo una reducción del rendimiento neto en estimación objetiva (IRPF) y cuota del régimen simplificado (IVA) del 5% actual al 20% con carácter general. Sin embargo, para los sectores de la hostelería, el comercio y el turismo, esa reducción en la tributación por módulos llegará al 35% y también se aplicarán en la tributación del régimen simplificado del IVA. Esta medida se aplicará para el cuarto pago fraccionado de 2020 y para el primer pago de 2021.
¿Y qué pasa con las cotizaciones a la Seguridad Social?
Se establece un aplazamiento de las cuotas devengadas entre diciembre de 2020 y febrero de 2021 en el caso de empresas. Para autónomos será entre los meses de enero de 2020 y marzo de 2021, con un interés del 0,5 %.
¿Hay algún cambio referido a los ERTE?
En el paquete de medidas del real decreto se aprueba también la extensión de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) por fuerza mayor al CNAE56 (bares y restaurantes), que pasa a formar parte de los sectores hiperprotegidos. Quedan así exonerados tanto los trabajadores en activo como los inactivos hasta el 31 de enero de 2021.
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